El Tribunal Supremo sigue deliberando sobre quién debe pagar el impuesto a las hipotecas. Pero sea cual sea su decisión, es previsible que abogados y particulares presenten miles de recursos ante los juzgados para reclamar su reembolso. Incluso en el supuesto de que no haya retroactividad, expertos consultados por ABC aseguran que habrá reclamaciones por la vía contencioso-administrativa.
En la vía civil además no hay prescripción, por lo que tanto si hay retroactividad limitada, como si no la hay, los afectados podrán alegar que el banco les incluyó en la hipoteca una cláusula abusiva. No obstante, por esta vía el particular deberá asumir costas judiciales.
«Si la decisión final pasa por la retroactividad de la nulidad del artículo, es previsible que se abra un complejo debate jurídico en la vía civil, donde se plantearán reclamaciones contra los bancos sobre la base de la supuesta abusividad de la cláusula que imponía al cliente el pago del impuesto», explica Ramón Hernández, experto en derecho bancario y mercado hipotecario del IEB y de Legal Field.
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