Por Aurelio García del Barrio, secretario general del IEB.
Enron fue una de las compañías eléctricas, de gas natural, papelería y de comunicaciones más importantes del mundo, con 21.000 empleados y unos ingresos de 111.000 millones de dólares en el año 2000, llegando a ser la séptima empresa de Estados Unidos. Su inesperada quiebra -con el despido de todos sus trabajadores y el desplome de las acciones de 90 dólares a 30 centavos- originó un daño colateral tan grande como la disolución de Arthur Andersen. A raíz de este hecho tan remarcable en los escándalos financieros, tanto el Congreso como el Senado de Estados Unidos aprobaron la ley Sarbanes-Oxley (SOX), que estableció nuevos estándares de actuación para los consejos de administración y dirección de las sociedades, así como los mecanismos contables de todas las empresas que cotizan en bolsa en Estados Unidos.
El mundo no fue ajeno a esta iniciativa y la mayoría de los países se apresuraron a implementar medidas semejantes, incluido España, habiéndose producido en nuestro país notables avances en materia de buen gobierno corporativo. En este sentido, el 22 de Mayo de 2006, la CNMV aprobó el Código unificado de buen gobierno de las sociedades cotizadas, actualizándose parcialmente en Junio de 2013, con la finalidad de mejorar la eficacia y responsabilidad en la gestión de las sociedades españolas y, al tiempo, situar los estándares nacionales al más alto nivel de cumplimiento comparado de los criterios y principios internacionales de buen gobierno. De este modo, se aspiraba a conseguir los objetivos de velar por el adecuado funcionamiento de los órganos de gobierno y administración de las empresas españolas para conducirlas a las máximas cotas de competitividad; de generar confianza y transparencia para los accionistas e inversores nacionales y extranjeros; de mejorar el control interno y la responsabilidad corporativa de las empresas españolas; y de asegurar la adecuada segregación de funciones, deberes y responsabilidades en las empresas, desde una perspectiva de máxima profesionalidad y rigor.
El gobierno corporativo es el sistema a través del cual las empresas son dirigidas y controladas. Es un conjunto de principios y normas que comprende dos elementos básicos: por un lado, la estructura que va a determinar cuál es la distribución de derechos y responsabilidades entre el cuerpo directivo, los accionistas y el Consejo de Administración; y por otro, los procedimientos necesarios para la toma de decisión en cuestiones estratégicas y corporativas. El gobierno corporativo se promueve a través de la imparcialidad corporativa, la transparencia y la rendición de cuentas a los interesados. En este sentido, protege los derechos y garantiza el tratamiento equitativo de todos los accionistas, incluyendo los minoritarios y los externos. Se basa en la responsabilidad, reconociendo los derechos establecidos por la ley a todas las partes interesadas, y fomenta una cooperación activa entre la empresa y los accionistas en la creación de riqueza, trabajos y empresas sostenibles.
La transparencia garantiza una adecuada y oportuna divulgación de todos los asuntos relativos a la empresa, incluyendo su situación financiera, el rendimiento, la propiedad y la estructura de gobierno. Por último, la rendición de cuentas proporciona una orientación estratégica de la compañía, un seguimiento eficaz de la gestión y su responsabilidad hacia las partes interesadas. Se trata por tanto de un proceso cíclico que requiere la participación continua de todos los agentes de una empresa para conseguir plenamente las ventajas que el mismo conlleva.
A pesar de la creciente importancia del Gobierno Corporativo, existe una notable carencia de vías de formación en España. Por eso, el IEB ha lanzado un programa directivo pionero, que cuenta con el apoyo de la Asociación de Emisores Españoles y cuyo claustro está compuesto por profesionales como María Ángeles Villegas, magistrada letrada coordinadora del Área Penal del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo; Elena Otero Novas, secretaria general de Sacyr; Blanca Hernández Oliver, letrada de las Cortes Generales o Elsa Andrés Sanchís, abogada del Estado.
Artículo publicado originalmente en octubre de 2015.
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